B O R R A D O R
ENTREGA DE ROPA, MATERIALES Y EPP
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 IT 07 FORM 06
Revisión: 5
Fecha Revisión: 01 11 2011
RANDSTAD CHILE SA
CERTIFICADO DE ENTREGA
Con fecha 15 de enero de 2020, la empresa indicada anteriormente, hace entrega al Señor (a): RONALD MERCIER, Rut: 26219167-2
Quien prestara servicios en las depen dencias del cliente: TRANSPORTES ANDINA REFRESCOS LTDA.
De la siguiente ropa, materiales y/o EPP:
6 2 POLERAS, 2 PANTALONES, 1 PAR DE ZAPATOS DE SEGURIDAD, 1 PAR DE GUANTES
El trabajador declara recibir a su entera satisfacción el detalle anterior, el cual deberá ser devuelto una vez terminado el contrato de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno de la Empresa, copia del cual se entregó en su oportunidad al trabajador. La no devolución dará derecho a la Empresa para ejercer las acciones penales, civiles y/o laborales a que haya lugar por los perjuicios que ello le cause
Firmado digitalmente por el colaborador
RONALD MERCIER
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PROCEDIMIENTO SEGURO “USO DE TRASPALETA”
1. OBJETIVOS Y ALCANCES.
Objetivo: Este procedimiento de trabajo seguro tiene como fin establecer un procedimiento adecuado para que los trabajadores realicen su labor de manera correcta y segura, establecer cumplimiento a las disposiciones de la Ley. N 16.744 Sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, así como normas para disminuir los riesgos a los cuales se mantendrá expuesto el trabajador durante la ejecución de su trabajo. Alcance: El presente procedimiento se aplica a los trabajadores de nuestra empresa que realizan labores con transpaleta manuales y eléctrica. 2. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL REQUERIDOS
EPP Detalles. FIGURA
Zapatos de Seguridad
Guante de seguridad
Ropa de Trabajo
3. RIESGOS DE LA ACTIVIDAD.
Caídas al mismo nivel.
Golpes contra estructuras.
Golpes por caía de carga durante el retiro de productos.
Sobre esfuerzo.
Atrapamiento.
Atropello de pies del operador y auxiliares.
3.1 Consecuencias:
- Lesiones y contusiones.
- Fracturas en extremidades.
- Daño material.
- Pérdida de tiempo.
- Pérdidas económicas.
-Trastornos musculo esqueléticos.
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PROCEDIMIENTO SEGURO “USO DE TRASPALETA”
4.- PROCEDIMIENTO DE TRABAJO CON TRASPALETA MANUAL 1. Antes de comenzar sus labores asegúrese de contar con todos sus elementos de protección personal y haga uso de ellos.
2. Solo pueden ser utilizadas por personal autorizado por capataz o supervisores.
3. Antes de comenzar su labor realice inspección visual a todas las partes de la transpaleta (horquillas, dispositivos de protección, freno, etc). 4. Nunca sobrepase la carga máxima establecida por el fabricante. 5. No utilice equipos que se encuentren en mal estado. 6. Queda estrictamente prohibido transportar personas en la transpaleta. 7. Asegúrese que la carga esté equilibrada antes de comenzar el transporte. 8. En transpaleta manual realice el levantamiento con ambas manos. 9. No transporte cargas sin pallet o con este en mal estado. 10. Tenga cuidado al maniobrar la tra n spaleta con el personal auxiliar y otros que circulen por la bodega.
11. 14. Al terminar el uso deje la transpaleta en el lugar establecido por la empresa. Nombre Fecha Firma
RONALD MERCIER 15 de enero de 2020
Nota: De Acuerdo a lo Estipulado en el Reglamento Interno de Orden, higiene y Seguridad, en su título II capitulo 1 Párrafo 3 Obligaciones y capitulo 2 Articulo 96. Se procederá aplicar las sanciones estipuladas por el NO cumplimiento de las disposiciones de seguridad
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PROCEDIMIENTO SEGURO “USO DE TRASPALETA”
Firmado digitalmente por el colaborador
RONALD MERCIER
RUT: 26219167-2
RANDSTAD CHILE SA
RUT Nº 96962900-3
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OBLIGACIÓN DE INFORMAR (ODI)
MERCADERISTA
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 ODI 07 FORM 01
Revisión: 1
Fecha Revisión: 20-12-2018
En virtud de lo estipulado en el art. 21 del DS 40, la empresa mediante este documento procede a informar al trabajador sobre los riesgos inherentes a su cargo, las consecuencias de los mismos, las medidas preventivas y los métodos correctos de trabajo. Descripción general de la tarea: Realiza labores de reposicion efectiva en la salas de venta de supermercados, ademas de guardar y ordenar mercadería en las respectivas bodegas. Riesgos Consecuencias Medidas Preventivas Método de Trabajo Correcto
Caídas a nivel en el
traslado.
Contusión
Fractura
Esguince
Transitar solo por lugares
habilitados.
No pasar entre hileras.
Para transitar por la sala se
deberá tener la visión
despejada para ver
cualquier elemento que
pueda generar un obstáculo.
Mantener libres de
obstáculos las zonas de
tránsito, ya sea libres de
mangueras de riego,
desniveles, etc.
Marcar las zonas que se
presentes riesgos de caída.
Golpes contra las
estructuras y/o
instalaciones
Herida punzante.
Herida abrasiva.
Contusión.
Evitar introducirse en zonas
donde exista la posibilidad
de golpearse con
elementos que tengan
relación con las áreas de
trabajo.
Solo transitar e ingresar en
las zonas que estén aptas
o habilitadas para su
ingreso.
Al transitar, siempre
verificar que en las zonas
de transito no existen
elementos que puedan
generar algún tipo de
contacto nocivo o lesivo.
Al transitar por los pasillos
de las bodegas se deberá
estar atento las maquinas
que transiten en su interior.
Exposición radiación ultra
violeta.
Herida abrasiva
Quemaduras
Utilización de los elementos
de protección como,
antiparras y bloqueador
solar.
Mantenerse a la sombra
durante su horario de
trabajo en lo posible.
Revisión de los elementos
de protección antes
mencionados
Para el caso de bloqueador
de solar, este deberá
aplicarse por lo menos dos
veces al día (en la mañana
y después de colación),
pero además, se deben
tener en consideración que
este elemento de
protección se debilita con el
sudor o el agua, por lo cual
se deberá aplicar cada vez
que se presenten estas
situaciones.
Contacto con insectos
(Picaduras o mordeduras)
Asfixia por Alergias No introducir las manos en
luares con poca visivilidad
dentro de las bodegas
No acercarse a las
colmenas de polinización
y/o telas de araña que
esten presentes en el
ambiente de trabajo.
En el momento de ingresar
a las bodegsa, siempre se
debe considerar que esta la
posibilidad de tener
contacto con algún insecto,
por lo cual se debe respetar
las medidas preventivas y
en caso de tener contacto
con algún insecto, se
deberá identificar y dar
aviso en forma inmediata al
jefe directo para su
evaluación. (informar si es
alérgico a las picaduras o
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OBLIGACIÓN DE INFORMAR (ODI)
MERCADERISTA
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 ODI 07 FORM 01
Revisión: 1
Fecha Revisión: 20-12-2018
mordeduras de insectos)
Sobre esfuerzo por la
manipulación de mercadería.
Lumbago
Algias
Realización de la
manipulación de carga,
según técnica para esto
(MMC)
No realizar giros rotativos
de la zona lumbar
Si es necesario solicitar
ayuda para mover algún
elemento que sea de un
peso extremo o de difícil
forma de sostener.
Para realizar la
manipulación de carga, se
debe considerar que
siempre se hará con la
flexión de las rodillas,
acercando lo más posible la
carga al pecho y
levantando con la espalda
recta.
Cuando se deba realizar
una rotación con la zona
lumbar, manipulado carga,
esta se deberá realizar con
los pies, girando todo el
cuerpo.
Si es necesario, utilizar un
medio de transporte para
mover la carga.
Aprisionamiento en zonas
de trabajo.
Contusión
Fractura
Esguince
Muerte
Transitar solo por lugares
donde se encuentren
materiales o productos
apilados en forma
incorrecta, de lo contrario
solicitar que sea corregido
Al ingresar a la bodega de
productor, se deberá
manipular con cuidado y
verificando que no exista
otro elemento que pueda
caer sobre el personal.
Proyección de partículas Pédida de la visión
Lesiones faciales
Lesiones Oculares
Utilizar el equipo de
proteccion personal
adecuado al reiesgo
existente (antiparras
transparentes)
Al ingresar a la bodega de
productos utilizar antiparras
trasnparentes en todo
momento, asi evitando que
sale polvo, tierra, algun
objeto extraño en la vista y
provoque una lesion ocular.
Con fecha 15-01-2020, Declaro haber recibido y haber sido informado y capacitado, sobre los riesgos que están presentes en mi labor de mercaderista, además de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos, DS N 40 y los artículos N 153 y 154 del código del trabajo. Inducción realizada por: Gerencia Prevención de Riesgos Grupo Randstad Chile Datos del trabajador.
Nombre del Trabajador: @NOMBREAPELLIDOREURSO
Rut Trabajador: 26219167-2
Firma:
B O R R A D O R
INSTRUCTIVO DE TRABAJO
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 IT 07 ANEXO 05
Revisión: 6
Fecha Revisión: 01 04 2018
Labores de reposición y bodegaje : objetivo; Controlar y minimizar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores que realizan las labores de reposición que incluyen tareas de bodegaje, entendiéndose como bodegaje el retiro de productos y el orden de la zona asignada. Riesgos Presentes Consecuencia Medidas Preventivas Orden y limpieza Rasguños
Hematomas
Fracturas
En casos extremos, invalidez y/o
muerte
Mantener buena iluminación
Mantener pasillos y escaleras, ordenados
limpios y despejados
No corra por los pasillos, transite con calma
Mantenga las superficies limpias y secas
Riesgos Presentes Consecuencia Medidas Preventivas Manejo Manual de materiales Lesiones por sobreesfuerzos (lumbago)
- Heridas
- Fracturas
Para el control de los riesgos, en la actividad de manejo de materiales es fundamental que los
supervisores y trabajadores conozcan las
características de los materiales y los riesgos que éstos presentan.
Entre las medidas preventivas podemos señalar:
- Al levantar materiales, el trabajador deberá
doblar las rodillas y mantener la espalda lo más
recta posible.
- Si es necesario se deberá complementar los
métodos manuales de trabajo con el uso de
elementos auxiliares.
- Se deberá utilizar los equipos de protección
personal que la situación aconseje (guantes,
calzado de seguridad,
Riesgos Presentes Consecuencia Medidas Preventivas Golpes contra palet, racks Contusiones, fracturas Mantener orden en racks. Ubicación de palet en lugares definidos que no
obstruyan los pasillos de circulación.
Riesgos Presentes Consecuencia Medidas Preventivas Golpeado por mercadería Contusiones, fracturas Respetar alturas de almacenamiento No realizar Retiro de mercadería desde niveles
superiores. Solicitar a administrador de
supermercado que mediante maquina adecuada
se realice el descenso de palet a primer nivel
1. ANTECEDENTES
Randstad Chile S.A. S. A. en su afán por promover la seguridad ha determinado este Procedimiento para sus reponedores de supermercados. Se establece este procedimiento para el entrenamiento del personal y para su aplicación en los procesos operativos donde se requiera.
2. INTRODUCCION
Debido a los riesgos asociados a las tareas de reposición, tanto en bodegas como en salas de supermercado, nuestra empresa está decidida a trabajar en la reducción de los accidentes y/o incidentes del trabajo, y proporcionar claridad a nuestros colaboradores en torno a los principios seguros de preparación de pedidos, manejo manual de materiales, conductas propias dentro de los establecimientos de bodega y uso de equipos necesarios para dar cumplimiento a los requisitos de nuestro mandante.
B O R R A D O R
INSTRUCTIVO DE TRABAJO
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 IT 07 ANEXO 05
Revisión: 6
Fecha Revisión: 01 04 2018
3. CONDICIONES GENERALES
Todo trabajador debe seguir las instrucciones de trabajo que entregue su supervisor Randstad.
El Trabajador no debe realizar trabajos en altura, (Retiro de material por sobre 1 m de altura)
El trabajador Randstad No debe realizar recepción de camiones. Entendiéndose como la descarga del camión.
El trabajador Randstad no debe utilizar maquinaria presente en bodegas. entendiéndose como maquinaria “Grúa Horquilla” y/o “ traspaletas eléctricas “
El trabajador Randstad no debe manipular cuchillo para rotura de pack
El trabajador Randstad no debe retirar en forma manual productos desde altura.
En caso que se presentara alguna condición insegura (infraestructura de bodega, p asillos y equipos mecánicos) informar de inmediato a jefe directo.
Todo trabajador que ingrese a Bodega deben utilizar TODOS los Equipos de Protección personal (EPP) que la empresa le haya facilitado para realizar los trabajos para los cuales fue contratado.
Todo trabajador debe mantener el orden de los productos en bodega. 4. CONTENIDO
4.1 Manejo Mecánico de Materiales
Todo trabajador que deba realizar Picking (se i ncluye reponer en salas de supermercados) en grandes cantidades y envasado, estas tareas deberán realizarse principalmente por medios mecánicos que deberá ser facilitado por empresa dueña de bodega ( transpaleta manuales . ). En ningún caso trabajador puede conducir grúas o tra n spaletas eléctricas
Toda persona que trabaje en bode ga deberá informar a supervisor sobre problemas en vías de transito de maquinas o de personas (superficie desigual, desgaste o degradación de superficie, obstrucción de vías de transito, productos derramados como líquidos en general, grasas, agua, aceites, etc.) 4.2 Manejo Manual de Materiales (Ley 20.001)
En caso que el manejo o manipulación manual de carga sea inevitable y las ayudas mecánicas no puedan usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 25 kilogramos para hombres
En el caso de mujeres, la carga máxima de manejo o manipulación manual será de 20 kilogramos
Se prohíbe las operaciones de carga y descarga manu al para las mujeres embarazadas, tomándose todas las medidas necesarias para resguardar la salud e integridad de la madre y el hijo.
No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
4.3 Distribución y Almacenamiento
Para la distribución y el almacenamiento de productos se deberá tener presente las siguientes normas básicas:
Respetar demarcaciones de Bodega, vías de transito, zonas de descarga, zonas seguras, etc.
NO BLOQUEAR vías de escape y/o zonas seguras.
Al almacenar productos, la etiqueta o rotulo de identificación debe quedar visible, hacia adelante.
Al almacenar se deberán tomar las precauciones para evitar caídas de cajas y/o envases. 4.4 Reposición de Productos
Al recibir instrucción para realizar rep osición de productos en salas y/o pasillos tener en consideración cantidad y volumen de tal, esto para determinar su traslado.
NUNCA deberá obstruir vías de transito y/o zonas seguras.
Mantener siempre el orden y aseo de su lugar de trabajo (no desech ar en suelo cintas adhesivas, cartones, plásticos, etc.)
Nota: De Acuerdo a lo E stipulado en el Reglamento Interno de Orden, higiene y Seguridad, en su título II capitulo 1 Párrafo 3 Obligaciones y capitulo 2 Articulo 96. Se procederá aplicar las sanciones estipuladas por el NO cumplimiento de las disposiciones de seguridad
Nombre Completo Rut Fecha
RONALD MERCIER 262*****-*-** de enero de 2020
B O R R A D O R
INSTRUCTIVO DE TRABAJO
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 IT 07 ANEXO 05
Revisión: 6
Fecha Revisión: 01 04 2018
Firmado digitalmente por el colaborador
RONALD MERCIER
RUT: 26219167-2
RANDSTAD CHILE SA
RUT Nº 96962900-3
B O R R A D O R
FICHA TOMA DE CONOCIMIENTO CONTACT CENTER
Código: RANDSTAD PG 7.5.1 IT 04 FORM 02
Revisión: 0
Fecha Revisión: 01 10 2012
FICHA TOMA DE CONOCIMIENTO
Yo, RONALD MERCIER, cédula nacional de identidad N 26219167-2, con fecha 15 de enero de 2020:
Tomo conocimiento de las siguientes condiciones de trabajo: Lugar de trabajo:
Prestaré servicios a la empresa: TRANSPORTES ANDINA REFRESCOS LTDA. Horario: La jornada de trabajo será de 45 horas semanales distribuidas de LUNES A SABADO DE 12:00 A 19:30 HRS con 30 minutos para colación, los cuales no se considerarán para efectos del cómputo de la jornada. Cargo: REPONEDOR FULL TIME
Renta: 301000
Firmado digitalmente por el colaborador
RONALD MERCIER
B O R R A D O R
ANEXO
DE CONTRATO DE TRABAJO
En Santiago, a 15 de enero de 2020, entre RANDSTAD CHILE SA, Rol Único Tributario N 96962900-3, representada por don Rodolfo Renato Vignati Rodríguez cédula de identidad para extranjeros Nº22.200.029-7, ambos con domicilio en calle Apoquindo 4501, oficinas 501 y 502, Las Condes, Santiago, en adelante indistintamente “EL EMPLEADOR”, por u na parte y por la otra, don(a) RONALD MERCIER, Rut 26219167-2, en adelante “EL TRABAJADOR”, se acuerda la siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente une a las partes: PRIMERO: SISTEMA DE CONTROL DE ASISTENCIA.
A contar de esta fecha, el control de asistencia se llevará a cabo, para todos los efectos legales, a través de aplicación RANDSTAD ON MOVE (en adelante “ROM”), la cual se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen N 1140/027 de 24.02.2016, para lo cual el trabajador deberá descargar la aplicación indicada y realizar el registro correspondiente. En razón de lo anterior, por este acto, el Trabajador se obliga a registrar su asistencia diaria puntualmente, en su lugar de trabajo, tanto al inicio de la jornada, como al término de la misma, para efectos del correcto control de su jornada, de la forma anteriormente definida. Lo anterior constituye una obligación esencial del contrato de trabajo vigente. En caso que el trabajador no cumpla con su obligación de registro, ya sea en el ingreso, como en la salida, se considerará una falta grave, aplicándose las sanciones que dispone el reglamento interno, esto es, amonestación escrita o multa de hasta el 25% de la remuneración diaria, y en caso de reincidencia podría eventualmente constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato, sancionado según lo dispuesto en el artículo 160 N 7 del Código del Trabajo.
Para efectos del registro de entrada diaria, el trabajador contará con un tiempo de gracia de cinco minutos desde el inicio de su jornada. Una vez transcurridos, comenzará a contabilizarse el tiempo no trabajado como “atraso”, respecto del cual aplicarán los descuentos legales correspondientes. Asimismo, el tiempo de salida temprana, antes del término de su jornada, sin justificación alguna se tomará como tiempo de no trabajo, por lo cual también se aplicarán los descuentos correspondientes.
Las horas extras que registre el trabajador se pagarán como tales, de conformidad a lo indicado en el artículo 32 del Código del Trabajo, siempre que cuenten con la debida autorización y conocimiento del Empleador, para lo cual deberán ser aprobadas por el Supervisor. El empleador ha dispuesto de una mesa de ayuda al servicio del trabajador, ante cualquier inconveniente técnico con la aplicación, disponible a través del +562********. SEGUNDO: OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.
Para asegurar el correcto uso de la aplicación, así como la precisión de la información, el trabajador se obliga a:
a) Presentarse ante cada jornada con su teléfono móvil, con batería suficiente, para efecto de los registros de la cláusula primera, junto con la aplicación definida por el empleador, debidamente instalada.
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b) Anotar su asistencia al ingresar y retirarse de su jornada laboral en el sistema indicado.
c) Activar la “geolocalización” al momento de realizar el registro de ingreso y salida en la aplicación.
d) Dar aviso inmediato a su jefatura directa en caso de falla técnica puntual del equipo telefónico o problema de red que le imposibilite realizar los registros requeridos. e) Si al cabo de 24 horas desde la falta de registro, ésta no ha sido justificada con el debido respaldo, se tomará como inasistencia para los efectos del presente anexo. f) Dar aviso inmediato a su jefatura directa en un máximo de 24 horas de haber sido víctima de robo o hurto en el cumplimiento de sus funciones, entregando copia de la respectiva copia de constancia en carabineros que dé cuenta del hecho delictivo. TERCERO: BONO COMPENSATORIO USO HERRAMIENTA PROPIA. Las partes acuerdan en reemplazar en todas sus partes los términos y condiciones del “bono compensatorio” y “bono registro”, pactado a través de anexo de contrato anterior al presente, por un único concepto, denominado “BONO COMPENSATORIO USO HERRAMIENTA PROPIA”, el cual se regirá por los términos y condiciones que a continuación se indican: Dado que el Trabajador ha decidido hacer uso de la aplicación, a través de un equipo propio, y mientras se mantenga esta condición, las partes acuerdan el pago de un bono compensatorio por uso de herramienta propia, equivalente a $ 15000 .- el cual se pagará en conjunto con su remuneración del mes correspondiente al cumplimiento, y de forma proporcional a la cantidad de registros realizadas y a los días efectivamente trabajados. Las partes declaran que el bono anterior compensa la totalidad del uso del equipo propio por parte del trabajador. Para el pago del bono anterior, serán requisitos copulativos que:
● El trabajador utilice un teléfono móvil propio.
● El trabajador haya llevado a cabo la totalidad de los registros diarios correspondientes al mes, a través de la aplicación definida, de conformidad a la cláusula primera, o de lo contrario, se pagará el proporcional correspondiente a la cantidad de registros efectivos.
CUARTO: BONO ASISTENCIA
Por la ejecución de sus funciones, el trabajador tendrá acceso a un bono especial de asistencia, el cual únicamente se hará efectivo cumpliéndose las condiciones que a continuación se señalan:
a) Es condición esencial para el pago del bono que el trabajador registre el 100% de asistencia en el mes en curso, a través del sistema descrito precedentemente. b) En caso que el trabajador registre una ausencia injustificada durante el mes en curso, el bono se reducirá al 50% de su valor.
c) En caso de registrar dos o más ausencias injustificadas en el mismo período, no habrá derecho a bono.
d) En caso que las inasistencias que registre el trabajador obedezca a licencia médica o vacaciones, el trabajador dejará de percibir la proporción correspondiente a los días comprendidos en la referida licencia o ausencia justificada. e) Será requisito para el pago del bono de asistencia que el trabajador tenga registradas todas sus entradas y salidas del mes en curso en el registro de asistencia ROM o a través de la forma dispuesta por el empleador, según corresponda al lugar de prestación de servicio.
B O R R A D O R
BONO MONTO
BONO ASISTENCIA 100% $ 20000
BONO ASISTENCIA 1 AUSENCIA $ 10000
BONO ASISTENCIA 2 O MÁS AUSENCIAS $ 0
QUINTO: DECLARACIÓN
Las partes convienen que en todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continuarán rigiéndose irrestrictamente por el contrato de trabajo que actualmente une a las partes, de tal modo, que dicho contrato no podrá entenderse modificado ni directa ni indirectamente si no en aquellos aspectos explícitos en el presente anexo. A mayor abundamiento y reiterado lo expuesto, las partes acuerdan que todo lo estipulado en el presente instrumento forma parte integrante del contrato de Trabajo que actualmente une a las partes y se rige por el Código del Trabajo.
El presente anexo reemplaza cualquier otra estipulación referente a bonosy /o asignaciones que por esta materia se hayan establecido a través de contratos y/o anexos anteriores al presente.
SEXTO: EJEMPLARES
El presente instrumentó se firma en dos ejemplares, de idéntico tenor y fecha quedando uno de ellos en poder del empleador y uno en poder del trabajador. Firmado digitalmente por el colaborador
RONALD MERCIER
RUT: 26219167-2
RANDSTAD CHILE SA
RUT Nº 96962900-3
B O R R A D O R